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EL ERE DE LA FUNDACIÓN DESEVILLA, UNA EXIGENCIA LEGAL

En relación a las informaciones aparecidas hoy en ciertos medios de comunicación concernientes a la Fundación DeSevilla, este Grupo Municipal quiere realizar las siguientes precisiones:

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1º- El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) referido tiene que ver con la finalización de contratos asociados a proyectos sociales y de cooperación que desde la Fundación DeSevilla se desarrollaban durante el mandato municipal anterior, bajo el impulso político de IU, y cuya eliminación había anunciado por activa y por pasiva el Partido Popular, en campaña, y después del 22 de mayo.

2º- Lo que se hizo por parte de los anteriores responsables de este departamento fue aplicar la legalidad vigente. Según el Estatuto de los Trabajadores, si el número de contratos a extinguir es superior a diez –en empresas con menos de 100 empleados, como era el caso–, se considera un despido colectivo y debe solicitarse autorización conforme al procedimiento de regulación de empleo. Por tanto, el inicio de un despido colectivo, bajo la forma de ERE, no es una opción a decidir, sino una exigencia legal conforme a la regulación laboral vigente.

3º- Ningún empleado se ha “beneficiado” de una medida extraordinaria o graciosa acordada en connivencia con la Junta de Andalucía, como se pretende hacer ver desde las filas del PP con evidente carga de manipulación, demagogia y cinismo. En cuanto a las indemnizaciones a los trabajadores afectados por el despido colectivo, éstas ascienden a la cantidad estipulada en el Estatuto de los Trabajadores de veinte días por año trabajado.

4º- Por otro lado, no se percibió para el pago de estas indemnizaciones ayudas ni autonómicas ni estatales, proviniendo de fondos de la Fundación. Y mucho menos éstas tienen vinculación alguna con los procedimientos de ayudas a ERE\’s promovidos por la Consejería de Empleo.

5º- Sea como fuere, esta extinción debía producirse antes o después, ya que los proyectos sociales no iban a continuar, no pareciendo responsable el mantenimiento de las relaciones laborales, con el consiguiente cargo a los fondos de la Fundación en concepto de costes salariales durante el periodo de transición de gobierno. Sólo desde que se autorizó el ERE (30 de junio) hasta la fecha, el coste de los salarios de los trabajadores despedidos hubiera supuesto más que la indemnización que han percibido, que en cualquier caso, la hubieran seguido percibiendo aunque el despido hubiera sido ordenado por el actual Gobierno municipal.

6º- El despido colectivo no se organiza con “prisas”, sino que se empieza a tramitar tras las elecciones municipales, iniciándose las reuniones con los trabajadores. La información al nuevo Gobierno se le entrega desde la primera reunión celebrada con la anterior dirección de la Fundación, encuentro solicitado por ésta escasos días después de los comicios locales.

7º- El ERE no se orquesta para “pagar pactos políticos” –como afirma el PP–, sino que afecta a los trabajadores vinculados a los proyectos sociales, que terminaban con el mandato municipal anterior. El PP ya no sabe qué inventar para desviar la atención de su nefasta gestión al frente del Ayuntamiento de Sevilla. Si bien en esta ocasión ha llegado demasiado lejos, al pretender relacionar este asunto con el escándalo de la trama de los ERE de la Junta.

8º- Desde Izquierda Unida no podemos más que rechazar esta acusación “patética y kafkiana” lanzada por el PP con una clara intencionalidad electoral –ante la cercanía de los próximos comicios nacionales y andaluces—, bajo la práctica del todo vale al que este partido, lamentablemente, ya nos tiene acostumbrados.

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