Otros documentos

¡Ni un día más una vivienda sin agua!


Que el agua es un elemento indispensable para la vida, la dignidad de las personas y el desarrollo humano, es una realidad socialmente reconocida y aceptada. A pesar de ello, en pleno S. XXI existen en Sevilla y las poblaciones de su entorno personas que, como consecuencia directa de su situación de precariedad, carecen de acceso al agua y al saneamiento en sus viviendas.

La Asamblea General de Naciones Unidas en el año 2010, así como el Consejo de los Derechos Humanos a través de la resolución A/HRC/RES/15/9,  reconocieron el derecho al agua potable y el saneamiento como Derecho Humano esencial, que forma parte del derecho internacional y por lo tanto legalmente vinculante. Desde entonces, son muchas las iniciativas que la sociedad civil ha emprendido para hacer efectivo este derecho y que sea reconocido en los diferentes niveles institucionales.

El pasado 8 de Septiembre, el pleno de la Eurocámara ha respaldado la iniciativa ciudadana ‘Right2Water’, que busca garantizar el derecho al agua para todas las personas y la trasposición a la legislación de los estados miembros del derecho humano al agua y al saneamiento. Esta iniciativa se trasladaría a España gracias a la sociedad civil a través de un Pacto Social por el Agua (#iniciativagua2015), que contaría con el apoyo de más de 300 organizaciones sociales, organizaciones ecologistas, académicas, sindicales y operadores de agua y saneamientos, y que desde ese momento ha sido aprobada por decenas de municipios en todo el Estado.

El Parlamento Andaluz también se haría eco de esta iniciativa y aprobaría en Octubre del pasado año una moción para defender el acceso al agua como un derecho humano, realizando los desarrollos reglamentarios necesarios que aporten soluciones reales y efectivas a la pobreza hídrica, incluida la garantía del mínimo vital. También el Defensor del Pueblo Andaluz ha publicado recientemente un informe en este sentido, que ahonda en las medidas a incluir en las ordenanzas reguladoras de estos servicios en relación a la garantía del derecho humano al agua.

En este mismo sentido, diversos Ayuntamientos pertenecientes al sistema de EMASESA entre los que se encuentran Coria del Río, San Juan de Aznalfarache, Dos Hermanas o Sevilla, han aprobado en sus plenos mociones en las que se daba respaldo al Pacto Social por el Agua,  que incluye, entre otras cuestiones, la consideración del agua como un derecho humano universal esencial, de manera que la disponibilidad y el acceso individual y colectivo a recursos potables tengan que ser garantizados como derechos inalienables e inviolables de las personas. Además, se instaba a EMASESA a asumir una serie de compromisos y modificaciones en su reglamento para hacer efectivo este derecho. A pesar de estos acuerdos, desde entonces han sido muy tímidos los avances en cuestión del reconocimiento del derecho humano al agua en nuestro territorio.

Y decimos esto porque si bien existen mecanismos de ayuda para familias que no puedan pagar sus facturas, estos están supeditados a tramitar cada una de ellas a través de Servicios Sociales, con la sobrecarga de trabajo existente en este servicio. Así mismo, no se ha modificado  el reglamento para incorporar este derecho o prohibir los cortes, lo que hace que se desarrolle desde una perspectiva asistencialista, pero nunca desde un principio de equidad y no discriminación en el reconocimiento de este derecho básico universal. Finalmente, son conocidos los casos de domicilios en esta ciudad en los que residen familias que, por encontrarse en situación de tenencia en precario, se les está negando el acceso a este derecho  básico.

Si bien han sido innumerables los escritos, reuniones y conversaciones que se han mantenido con la empresa y sus responsables para tratar de alcanzar una solución al problema, esta nunca llega, y la situación de las familias, con la próxima llegada del verano y las altas temperaturas, es cada vez más desesperada.

Los casos que denunciamos, muestran que el reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento es una tarea pendiente, no solo en los países empobrecidos, sino en nuestro entorno, y que no acaba de ser entendido ni por los Ayuntamientos, ni por Emasesa  ni por  la Junta de Andalucía, que conforme a la Ley de Aguas de Andalucía y a la legislación sanitaria deben garantizar este acceso.

En un contexto de crisis sistémica como la actual, la negación del acceso al agua es un caso claro de incumplimiento de las obligaciones del Estado, a través de las diferentes administraciones competentes, para asegurar los derechos a su ciudadanía. Y es aún más grave cuando de esta manera se está poniendo en peligro la salud pública individual y colectiva de estas personas. Las administraciones mencionadas incurrirán en responsabilidades sociales, políticas y penales si, como es previsible, con las altas temperaturas del verano en Sevilla, se produce cualquier problema sanitario a causa de la falta de acceso al agua y al saneamiento.  

Por todo ello, las organizaciones y personas firmantes entendemos que está en manos de  la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento (EMASESA) y de los Ayuntamientos que la componen, el encontrar solución que permita dar respuesta a la necesidad de proporcionar un servicio de agua potable y saneamiento adecuado y accesible al conjunto de habitantes del término municipal, y que pasa por llevar a cabo las siguientes acciones:

  1. Modificación del reglamento de EMASESA, incluyendo la prohibición de cortar el suministro de agua a aquellas personas que acrediten encontrarse en situación de precariedad económica, así como el reconocimiento de su derecho a recibir un suministro mínimo vital de 3 m3 por persona y mes.
  2. Revisión por parte de EMASESA de los criterios de fijación de tasas, atendiendo al nivel de renta de cada familia y de entidades sin ánimo de lucro, incorporando bonificaciones, exenciones o ayudas a colectivos en situación de dificultad económicas.
  3. Desarrollo de los mecanismos de colaboración entre los Servicios Sociales de los Ayuntamientos y EMASESA para agilizar los trámites que permiten acceder a las ayudas en materia de pobreza hídrica, dando publicidad efectiva a estas ayudas para que se garantice que las personas usuarias tengan conocimiento de ellas.
  4. Habilitación por parte de EMASESA de los mecanismos necesarios para garantizar que a ningún domicilio se le niegue su derecho al acceso al agua potable y al saneamiento a causa de encontrarse sus habitantes en una situación de precariedad habitacional.
  5. Publicación trimestral de los datos referidos al número de avisos de corte, de cortes efectuados y de solicitudes de ayudas al pago de facturas tramitadas.
  6. Exposición pública, incluyendo diagnóstico, justificación y descripción suficientes, de los planes de inversión previstos por parte de EMASESA, como mecanismo para evitar costes injustificados que sean repercutidos en las facturas del agua.
  7. Modificación de la Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía y del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua, para incluir el reconocimiento explícito del derecho humano al agua como derecho inalienable e inviolable, incluyendo el derecho de los andaluces a no verse privados del suministro por su situación de precariedad habitacional, y a recibir un suministro mínimo vital cuando su situación económica así lo requiera.

Contenido relacionado

Botón volver arriba
Cerrar