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Actuaciones EMASESA (Pregunta para la Comisión de Control- Febrero 2026)

En los últimos meses se han trasladado a este grupo municipal diversas quejas ciudadanas en relación con la actuación de EMASESA en materia de facturación, cortes de suministro y gestión del sistema de telelectura de contadores, que plantean serias dudas sobre la correcta aplicación de la normativa vigente y sobre la calidad del servicio prestado.

En primer lugar, se ha tenido conocimiento de situaciones en las que se ha procedido a la suspensión del suministro de agua potable por el impago de una única factura. Sin embargo, el artículo 66.a del Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, establece literalmente que las entidades suministradoras podrán suspender el suministro “por el impago de las facturaciones dentro del plazo establecido”, utilizando el precepto el plural, lo que lleva a interpretar que el corte del suministro sólo podría producirse a partir del impago de más de una factura, siempre cumpliendo además el resto de garantías y requisitos legales.

En segundo lugar, el artículo 33 del citado Reglamento contempla la posibilidad de instalar contadores totalizadores en el inicio de las instalaciones interiores de los edificios, con la finalidad exclusiva de controlar consumos globales y detectar posibles anomalías, sin efectos directos sobre la facturación. La ausencia generalizada de estos contadores en bloques de viviendas dificulta la detección temprana de consumos anómalos, fugas o errores de medición, trasladando las consecuencias económicas directamente a las personas usuarias.

Asimismo, se han detectado inconsistencias en determinadas facturaciones, especialmente en lo relativo a la falta de correspondencia entre los importes facturados por el ciclo integral del agua y los conceptos asociados a residuos sólidos, así como diferencias entre facturas emitidas para un mismo periodo y consumo, lo que genera confusión, indefensión y una clara desconfianza en el sistema de facturación.

Por otro lado, EMASESA anunció la implantación completa del sistema de telemedida y telelectura de contadores, con el compromiso de que dicho sistema estaría plenamente operativo en agosto de 2025. Sin embargo, existen dudas fundadas sobre el grado real de ejecución de este proceso, su calendario efectivo y su impacto real en la mejora de la gestión, la detección de consumos anómalos y la transparencia de la facturación.

Finalmente, se han remitido comunicaciones a personas usuarias anunciando la sustitución de contadores por otros compatibles con el sistema de telelectura, cuando en algunos edificios de nueva construcción los contadores ya estaban técnicamente preparados para dicha funcionalidad desde su instalación, lo que plantea interrogantes sobre la planificación, la eficiencia del despliegue y el uso de recursos públicos.

Por todo ello y en virtud de lo expuesto, el grupo político de Con Podemos – Izquierda Unida, viene a presentar las siguientes

PREGUNTAS

  1. ¿Qué criterios está aplicando EMASESA para proceder a la suspensión del suministro de agua por impago, y cómo garantiza el cumplimiento estricto de lo dispuesto en el artículo 66.a del Decreto 120/1991 en relación con el número de facturas impagadas y las garantías previas a cualquier corte?
  2. ¿Tiene previsto EMASESA generalizar la instalación de contadores totalizadores en bloques de viviendas, conforme a lo establecido en el artículo 33 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, para facilitar la detección de anomalías y evitar facturaciones desproporcionadas a las personas usuarias?
  3. ¿Qué controles internos existen para asegurar la coherencia y corrección de las facturaciones emitidas, en particular en lo relativo a la correspondencia entre consumos de agua, importes del ciclo integral y conceptos asociados a residuos sólidos?
  4. ¿En qué estado se encuentra actualmente la implantación del sistema de telemedida y telelectura de contadores, cuál es el grado de ejecución real respecto al objetivo anunciado de agosto de 2025 y qué mejoras concretas está suponiendo para las personas abonadas?
  5. ¿Cómo justifica EMASESA el envío de comunicaciones anunciando la sustitución de contadores en edificios donde ya existían dispositivos técnicamente preparados para la telelectura, y qué planificación global se está siguiendo para garantizar eficiencia, transparencia y un uso adecuado de los recursos públicos?

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