
ENMIENDA A LA TOTALIDAD A LOS PRESUPUESTOS 2026 DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
ÍNDICE
- Exposición de motivos y objeto de la enmienda
- Marco normativo y principios presupuestarios exigibles
- Diagnóstico socioeconómico y prioridades para Sevilla
- Riesgos e inconsistencias en las previsiones de ingresos
- Sostenibilidad financiera: endeudamiento, equilibrio y regla de gasto
- Baja ejecución presupuestaria: una constante que invalida el relato
- Gasto de personal, plantilla presupuestaria y vulneración del control del Pleno
- Retrocesos en derechos, igualdad, cooperación y políticas públicas por imposición ideológica
- Servicios Sociales y Promoción Social: retrocesos presupuestarios, priorización política y reasignación de créditos
- Inversiones, vivienda, movilidad y barrios: ausencia de planificación y sesgo de prioridades
- Empresas públicas y organismos: coherencia, financiación y obligaciones pendientes
- Techo de gasto: existe margen legal para incrementar gasto social sin recurrir a recortes encubiertos
- Urbanismo y Patrimonio Municipal del Suelo: rechazo a la enajenación para el mercado privado y propuesta de destino social vía EMVISESA
- Transparencia, participación y buena gobernanza
- Abandono de las Políticas de Memoria Democrática: consignación presupuestaria simbólica e incumplimiento de obligaciones legales
- Ausencia de Políticas para hacer frente a la Emergencia Climática: un presupuesto ajeno a la realidad climática de Sevilla
- Conclusiones y propuesta de devolución del proyecto
- Propuesta de acuerdos
- Líneas para un presupuesto alternativo
1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y OBJETO DE LA ENMIENDA
El Grupo Municipal Con Podemos – Izquierda Unida, en ejercicio de su función de control y de propuesta, y tras el análisis detallado del Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Sevilla para el ejercicio 2026, así como del Dictamen emitido por el Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) sobre dicho anteproyecto, y de las observaciones de la Intervención General municipal, formula la presente Enmienda a la Totalidad.
Esta enmienda no es una declaración retórica ni un trámite político: es la consecuencia obligada de un proyecto presupuestario que, por su estructura, por sus riesgos de ingresos, por su dependencia de financiación externa, por la reiterada baja ejecución de las operaciones de capital en ejercicios anteriores, y por la introducción de una práctica presupuestaria que genera inseguridad jurídica en materia de personal, no garantiza ni la estabilidad financiera del Ayuntamiento ni el cumplimiento efectivo de las políticas públicas que la ciudad necesita.
A ello se suma un elemento que altera el sentido mismo del presupuesto municipal: la asunción, mediante enmiendas y transaccionales impulsadas por la extrema derecha, de recortes y reorientaciones ideológicas que afectan de forma directa a derechos humanos, igualdad, cooperación al desarrollo, memoria democrática y políticas de inclusión. Es decir, se pretende aprobar un presupuesto no solo con déficits técnicos y financieros, sino con una orientación política que recorta derechos y degrada la función pública del Ayuntamiento.
Por todo ello, solicitamos la devolución del Proyecto de Presupuesto 2026 al órgano competente para que se elabore un nuevo proyecto que sea realista en sus ingresos, prudente en su endeudamiento, ejecutable en sus inversiones, transparente en su masa salarial, y coherente con un Ayuntamiento comprometido con la igualdad, la solidaridad y los servicios públicos.
2. MARCO NORMATIVO Y PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS EXIGIBLES
El Presupuesto General es el principal instrumento de planificación y de control democrático del Ayuntamiento. No es una suma de partidas, sino un contrato político y jurídico con la ciudadanía. Por ello debe respetar, de manera efectiva, los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, eficiencia y transparencia.
En el ámbito local, la obligación de equilibrio, la regla de gasto y la sostenibilidad de la deuda no son meros requisitos contables: condicionan la posibilidad real de ejecutar inversiones, sostener servicios y atender emergencias sociales. Cuando el equilibrio se apoya en previsiones de ingresos con riesgos relevantes o con recursos sin aprobación efectiva, se vacía de contenido el principio de estabilidad y se traslada el problema al futuro en forma de modificaciones de crédito, remanentes no ejecutados o endeudamiento adicional.
En materia de personal, la plantilla presupuestaria y su dotación económica constituyen un elemento esencial del control del Pleno sobre la masa retributiva. La introducción de dotaciones parciales y la ‘desdotación’ de plazas ya creadas -sin motivación suficiente- no es una cuestión menor: afecta a la legalidad del presupuesto, a los derechos del personal y a la capacidad de prestación de servicios públicos, abriendo un horizonte de inseguridad jurídica y de posible vulneración de los límites de masa salarial.
3. DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO Y PRIORIDADES PARA SEVILLA
Sevilla afronta el ejercicio 2026 con desafíos estructurales que no admiten presupuestos continuistas ni sesgados: desigualdad territorial severa, crisis habitacional, envejecimiento, precariedad laboral, emergencia climática y deterioro del espacio público y de los servicios municipales.
El propio Dictamen del CESS sitúa el análisis del presupuesto en un contexto de incertidumbre macroeconómica y de exigencia de políticas creíbles y sostenibles, insistiendo en la necesidad de dotar correctamente los servicios públicos para que reviertan en la ciudadanía y en la economía local. En la ciudad, además, persisten indicadores que exigen acción pública: desempleo todavía elevado, brechas de género en el paro, y necesidad de inversión pública ejecutable que impulse actividad y empleo.
En este escenario, las prioridades presupuestarias deben ser claras:
1) reforzar servicios públicos esenciales (limpieza, mantenimiento, atención social, movilidad, calidad de los centros educativos, cultura de proximidad, etc)
2) ejecutar de manera real las inversiones en barrios y vivienda pública, evitando presupuestos que se inflan y no se materializan
3) garantizar una política fiscal progresiva y una recaudación eficaz, sin cargar el ajuste sobre las familias trabajadoras
4) proteger derechos e igualdad, y no convertir el presupuesto en un campo de imposición ideológica.
4. RIESGOS E INCONSISTENCIAS EN LAS PREVISIONES DE INGRESOS
Uno de los principales motivos de esta enmienda es la falta de fiabilidad del cuadro de ingresos, cuestión que no solo subraya la Intervención municipal, sino que se desprende del análisis de la liquidación y del avance de ejecución de ejercicios previos.
La Intervención advierte expresamente que el equilibrio presupuestario ‘se apoya en previsiones de ingresos que presentan riesgos relevantes, tanto por su comportamiento histórico como por la falta de aprobación y efectividad plena de algunos recursos previstos’. Esta afirmación obliga al Pleno a extremar la prudencia: un presupuesto que nace con ingresos inciertos termina corrigiéndose con recortes a mitad de año, con aplazamientos de inversiones o con endeudamiento adicional.
El Dictamen del CESS, al analizar el avance de liquidación de 2025 a 24 de octubre, muestra un dato revelador: la ejecución de ingresos era del 65,50%, quedando pendiente de ejecutar 504,96 millones de euros, y la recaudación se situaba en el 66,47% sobre los derechos netos. En capítulos claves, la brecha es particularmente preocupante: el capítulo 3 (tasas y otros ingresos) presentaba una ejecución del 53,64% y el capítulo 7 (transferencias de capital) apenas un 1,35%, con un 98,65% por ejecutar.
En coherencia con esa evidencia, las observaciones de Intervención respecto a 2026 alertan de que el mantenimiento de ingresos respecto a 2025 no asegura el mantenimiento del nivel de liquidación de derechos y de recaudación que cubra el total presupuestado. Se citan ejemplos de elevada significación: en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, a fecha del informe, la liquidación de derechos solo alcanzaba 164,22 millones, con una desviación negativa del 7,69%; en Multas, la desviación de cobros sería de 12,23 millones (55,56% sobre lo presupuestado en 2026); y en Ingresos imprevistos, la desviación de cobros sería de 2,60 millones (97,43% sobre lo presupuestado).
Estas desviaciones no son un detalle técnico: condicionan la capacidad real del Ayuntamiento para sostener gasto corriente, financiar inversiones y cumplir compromisos con empresas públicas y entidades del tercer sector.
Además, el CESS advierte de la consignación de ingresos por la nueva tasa de basuras sustentada en una ordenanza que, a la fecha del dictamen, no estaba aprobada por el Pleno, lo cual introduce un riesgo adicional por falta de efectividad plena del recurso.
Por todo ello, este proyecto presupuestario incurre en un defecto de origen: no presenta un escenario prudente de ingresos basado en series históricas y en decisiones normativas efectivamente aprobadas, sino un cuadro optimista que puede trasladar el ajuste a la fase de ejecución.
5. SOSTENIBILIDAD FINANCIERA: ENDEUDAMIENTO, EQUILIBRIO Y REGLA DE GASTO
La Intervención señala que ‘el margen de autofinanciación resulta insuficiente para absorber los gastos de capital presupuestados’, lo que obliga a recurrir de forma significativa al endeudamiento para financiar las inversiones. Este punto es central: si el Ayuntamiento no genera ahorro corriente suficiente para cubrir la inversión, el presupuesto se sostiene sobre deuda y sobre expectativas de ejecución que la experiencia reciente desmiente.
El Dictamen del CESS confirma que, aunque valora positivamente el incremento de créditos en operaciones de capital, existe una debilidad estructural en la ejecución de las inversiones reales (capítulo 6) y en las transferencias de capital (capítulo 7), lo que provoca que el esfuerzo inversor anunciado se convierta, en la práctica, en presupuesto no ejecutado.
Por otra parte, la Intervención advierte que ‘el crecimiento del gasto no financiero supera el límite establecido en el pacto de estabilidad y crecimiento aplicado al subsector administraciones locales’. Es decir: se plantea un incremento del gasto no financiero que compromete el cumplimiento de la regla, lo cual puede derivar en obligaciones de ajuste y en una presión adicional sobre servicios y partidas sociales.
No es aceptable que, en un contexto de infraejecución inversora, el Ayuntamiento pretenda crecer en gasto no financiero por encima del límite y, a la vez, recurra a endeudamiento para sostener un capítulo inversor que históricamente no se ejecuta. Eso no es planificación: es trasladar riesgos al futuro.
Debe añadirse que el propio Dictamen del CESS destaca la evolución favorable del remanente líquido de tesorería para gastos generales en 2024, que pasa de 37,2 millones (2023) a 158,9 millones (2024). Este dato, lejos de justificar un presupuesto expansivo, plantea una pregunta política imprescindible: ¿por qué se acumulan remanentes si no se ejecutan inversiones y si se mantiene un déficit de servicios públicos en barrios, mantenimiento urbano y políticas sociales?
Un presupuesto riguroso debe orientar la capacidad financiera hacia la ejecución real de políticas y hacia la reducción de deuda, no hacia un ciclo de presupuestación optimista – endeudamiento – baja ejecución – remanente.
6. BAJA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA: UNA CONSTANTE QUE INVALIDA EL RELATO
El Dictamen del CESS es contundente en un aspecto que el Gobierno municipal omite sistemáticamente: la baja ejecución presupuestaria, especialmente en los capítulos de operaciones de capital.
En la ejecución del presupuesto 2025 a 24 de octubre, el CESS reitera una vez más que los capítulos 6 (inversiones reales) y 7 (transferencias de capital) presentan niveles de ejecución muy bajos (28,69% y 11,70% respectivamente), con 178,25 millones pendientes vinculados a operaciones de capital.
Más aún: al proyectar el cierre del ejercicio 2025, se estima una ejecución total del 80,88%, pero vuelve a señalarse que las inversiones se quedarían en el 35,54% y las transferencias de capital en el 47,68%, dejando 279,82 millones pendientes de ejecutar. El CESS califica como ‘altamente negativa’ esta baja ejecución y recuerda su incidencia directa en la habitabilidad, el empleo, la calidad de los servicios y la apuesta por el futuro de la ciudad.
El análisis histórico aportado por el propio Dictamen muestra que la falta de ejecución en capítulos vinculados a la inversión ha supuesto dejar de invertir cada año cantidades muy elevadas: 68,87 millones (2018), 57,00 (2019), 83,84 (2020), 98,65 (2021), 148,08 (2022), 141,29 (2023) y 150,16 (2024).
Es decir: no estamos ante un incidente coyuntural, sino ante un patrón estructural de incapacidad de gestión o de falta de voluntad ejecutiva. Y si el Ayuntamiento no ejecuta la inversión, la ciudad pierde: pierde empleo, pierde mejoras en equipamientos, pierde rehabilitación urbana, y se cronifican desigualdades.
En este contexto, la presentación de un Presupuesto 2026 que vuelve a inflar operaciones de capital sin un plan verificable de ejecución y sin reformas organizativas que lo hagan posible, resulta irresponsable.
A la baja ejecución se añade, además, el problema del periodo medio de pago. El CESS valora negativamente que en septiembre se sitúe por encima del plazo legal, destacando que el propio Ayuntamiento paga a 43,24 días y que ello afecta a PYMES y tejido económico local.
7. GASTO DE PERSONAL, PLANTILLA PRESUPUESTARIA Y VULNERACIÓN DEL CONTROL DEL PLENO
En materia de personal, concurren dos planos de gravedad: el plano técnico-presupuestario y el plano democrático-institucional.
En primer lugar, la Intervención identifica ‘incidencias relevantes en la presupuestación del gasto de personal que dificultan el control de la masa retributiva y requieren revisión para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente’. Esta afirmación es, por sí sola, suficiente para exigir la devolución del proyecto: si el capítulo 1 no es controlable, el presupuesto no es controlable.
El dato demolendor -y debe subrayarse en el debate plenario- es el que se recoge expresamente en el propio informe de Intervención: ‘De acuerdo con las consideraciones realizadas en el apartado específico ha de valorarse desfavorablemente la presupuestación de gastos de personal en la Entidad Ayuntamiento de Sevilla’.
En segundo lugar, se introduce y consolida por segundo año consecutivo una práctica ‘novedosa y singular’: la reducción de dotación presupuestaria de plazas de la plantilla 2026, creando y manteniendo plazas dotadas parcialmente al 50%. En 2026 se mantiene respecto de 409 de las 493 plazas creadas en 2025 dotadas al 50%.
Esta técnica genera inseguridad jurídica por varias razones:
– La RPT recoge puestos con retribuciones sin indicar cuáles son las retribuciones totales, de modo que el Pleno desconoce el importe definitivo en el momento de creación.
– Se abre la puerta a reducir la dotación incluso al íntegro de las retribuciones si fuera necesario, creando plazas sin consignación real y sin control del órgano competente.
– Se produce un ‘efecto perverso’: por vía de hecho se crea un doble sistema de ‘plantilla efectiva’ y ‘plantilla probable’, aflorando solo la masa retributiva de la efectiva o de las plazas ocupadas.
El resultado es una pérdida efectiva del control sobre el crecimiento de la masa retributiva y sus límites legales. Además, puede bloquear la oferta y provisión de plazas por carecer de consignación presupuestaria suficiente, generando precariedad estructural y dificultando la estabilización.
El propio Ayuntamiento reconoce que en la plantilla constan 1.069 plazas vacantes disponibles, sobre una plantilla presupuestaria de 5.653 personas. Este dato revela una situación de temporalidad y de déficit de cobertura que afecta directamente a los servicios públicos, y que se agrava si la dotación presupuestaria de plazas se reduce de forma artificial.
A ello se añade la ‘desdotación’ de plazas ya existentes y, en algunos casos, incluso ofertadas en ejercicios anteriores, reduciendo su dotación del 100% al 50%. Si una plaza está creada y ofertada, la reducción presupuestaria sin motivación suficiente solo puede interpretarse como un mecanismo para liberar créditos hacia otros fines, evidenciando una mala praxis que no debería prosperar.
En resumen: el presupuesto 2026 institucionaliza una ingeniería presupuestaria de personal que erosiona el control del Pleno, incrementa la inseguridad jurídica, y compromete la capacidad real de la administración para prestar servicios. Es incompatible con una gestión pública seria.
8. RETROCESOS EN DERECHOS, IGUALDAD, COOPERACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS POR IMPOSICIÓN IDEOLÓGICA
El presupuesto municipal no puede ser un vehículo para imponer un proyecto ideológico que recorte derechos. Sin embargo, el paquete de enmiendas de la extrema derecha, así como las transaccionales que las respaldan, consolidan recortes y reorientaciones que afectan directamente a igualdad, cooperación al desarrollo, derechos humanos, memoria democrática e integración.
El propio documento de enmiendas del Grupo Municipal VOX reivindica de forma explícita haber conseguido en 2025 ‘recortar’ programas de cooperación al desarrollo, memoria democrática e igualdad de género, y haber eliminado cuantías destinadas a asociaciones que trabajan con población migrante en situación irregular, bajo una narrativa de estigmatización.
Más allá de la retórica, las transaccionales evidencian el mecanismo: incrementar partidas asociadas a su agenda política reduciendo créditos de cooperación al desarrollo y del Servicio de la Mujer. En una de las transaccionales se propone incrementar una aplicación hasta 1.700.000 euros financiándola, entre otras, con:
– 633.000 euros detraídos de ‘Subvenciones al exterior de la cooperación al desarrollo’.
– 400.000 euros detraídos de ‘otros trabajos realizados por empresas y profesionales’ del Servicio de la Mujer.
– 65.000 euros de subvención de libre concurrencia del Servicio de la Mujer.
– 120.000 euros de publicidad y propaganda del Servicio de la Mujer.
– 100.000 euros del convenio FAMSI de cooperación al desarrollo.
– 105.000 euros de subvención de libre concurrencia del programa de cooperación al desarrollo.
Estas decisiones no son neutras. Implican
a) debilitamiento de las políticas públicas de igualdad y de atención a víctimas, en un contexto en que Sevilla sigue sufriendo violencia machista y brechas de género.
b) debilitamiento de la cooperación municipal, que forma parte de los compromisos internacionales y de la identidad solidaria de la ciudad
c) deterioro de la capacidad de la administración para promover derechos humanos y cohesión social
En términos institucionales, el Ayuntamiento no puede aceptar que el acceso a derechos quede sometido a pactos presupuestarios con fuerzas que niegan la igualdad y los derechos humanos. El presupuesto debe reforzar los servicios públicos y los derechos, no convertirlos en moneda de cambio.
Asimismo, estas enmiendas y transacciones generan inseguridad en el tejido asociativo que sostiene parte de la intervención social municipal: cuando se recortan líneas de libre concurrencia y se castigan programas por razones ideológicas, se rompe la continuidad de proyectos y se precariza la atención a la ciudadanía.
Por todo ello, este presupuesto, tal como se presenta y se pretende transaccionar, supone un retroceso político y material incompatible con un Ayuntamiento democrático y con las obligaciones de promoción de la igualdad y la solidaridad.
9. Servicios Sociales y Promoción Social: retrocesos presupuestarios, priorización política y reasignación de créditos
En el Área de Servicios—y de forma especialmente preocupante también en la de Producción de Bienes Públicos de Carácter Preferente— el Proyecto de Presupuesto 2026 refleja una combinación de descensos de dotación en programas esenciales y aumentos en otros programas que, sin una justificación social suficientemente sólida, podrían y deberían reasignarse para reforzar la red municipal de protección.
Este diseño presupuestario es incompatible con el principio de suficiencia y con la obligación política y administrativa de garantizar que los servicios sociales municipales sean el primer dique frente a la desigualdad y la exclusión. La realidad es que, cuando disminuyen programas de proximidad y de intervención social, el Ayuntamiento no “ahorra”: traslada el coste a las familias, cronifica situaciones de vulnerabilidad y tensiona el resto de servicios públicos.
9.1. Elementos de preocupación
De acuerdo con el análisis incorporado en el argumentario del Área, en 2026 se observan:
- Programas que disminuyen respecto a 2025 y que, por su naturaleza, deberían incrementarse para atender demanda real y prevenir situaciones de emergencia social.
- Programas que aumentan y cuyos incrementos podrían revisarse para reorientar crédito hacia los que pierden dotación.
Esta combinación no puede despacharse como un mero ajuste técnico. Se trata de una decisión política que impacta directamente en la capacidad municipal para sostener prestaciones, intervención comunitaria, prevención, apoyo a familias y atención a colectivos con necesidades específicas.
9.2. Consecuencias previsibles si no se corrige
Mantener disminuciones en programas sensibles en Servicios Sociales puede derivar en:
- Aumento de listas de espera y reducción de intensidad de intervención.
- Mayor carga sobre la atención primaria y los dispositivos de emergencia.
- Desigualdad territorial (barrios con más necesidad, menos capacidad de respuesta).
– Mayor dependencia de recursos externos o discontinuos, en lugar de consolidación de derechos desde lo público.
9.3. Propuesta
– Blindaje de programas que disminuyen en Servicios Sociales, recuperando al menos el nivel 2025 y, cuando proceda, incrementándolo.
– Revisión de los incrementos de programas que aumentan, priorizando reasignación interna hacia intervención social directa.
– Presentación de una memoria justificativa que explique por programa la variación 2025/2026, su impacto en población atendida y objetivos de cobertura.
– Introducción de un compromiso de ejecución: el crédito social no puede ser nominal; debe ir acompañado de medidas que garanticen gestión ágil y efectiva.
10. INVERSIONES, VIVIENDA, MOVILIDAD Y BARRIOS: AUSENCIA DE PLANIFICACIÓN Y SESGO DE PRIORIDADES
En 2026 el Ayuntamiento vuelve a anunciar un esfuerzo inversor que, sin embargo, carece de garantías de ejecución y presenta prioridades discutibles.
El CESS valora positivamente el incremento de créditos en operaciones de capital y, en particular, las destinadas a incrementar el parque de viviendas; pero al mismo tiempo advierte que disminuyen las transferencias de capital y que es deseable mantener el esfuerzo en ese capítulo, ya que de él depende la inversión de organismos y empresas públicas.
Además, el propio CESS recuerda que en 2024 la ejecución del capítulo 6 de inversiones fue muy baja (24,23%) y que en 2025, aunque parece mejorar en términos relativos, sigue siendo insuficiente para una ciudad con necesidades acumuladas. El problema, por tanto, no es la ‘falta de presupuesto’ sino la falta de capacidad de ejecución y de planificación.
En materia de movilidad, se incluyen estudios y proyectos (por ejemplo, ampliación de zona de estacionamiento restringido y elaboración del primer Plan Estratégico de Movilidad) pero no se acompaña de una apuesta integral por el transporte público, la bicicleta y la movilidad peatonal en barrios, ni de inversiones ejecutables en sombra, arbolado y refugios climáticos.
En vivienda, es imprescindible que la inversión se oriente a vivienda pública y rehabilitación climática, con objetivos anuales verificables, calendario de obras y mecanismos de control de ejecución. La crisis habitacional requiere políticas de choque que no pueden depender de partidas que luego no se ejecutan.
Finalmente, en barrios con alta vulnerabilidad, el presupuesto debe aumentar inversión social y urbana de forma proporcional a las necesidades. El CESS insiste, en dictámenes sucesivos, en dotar correctamente los servicios públicos; sin embargo, el proyecto mantiene debilidades en intervención social, mantenimiento urbano, y financiación de programas comunitarios.
Un presupuesto que no ejecuta inversiones y que, a la vez, se permite recortar políticas de igualdad, cooperación y memoria democrática para financiar agendas ideológicas, no responde al interés general.
11. EMPRESAS PÚBLICAS Y ORGANISMOS: COHERENCIA, FINANCIACIÓN Y OBLIGACIONES PENDIENTES
El presupuesto consolidado incluye organismos autónomos y empresas públicas esenciales para la prestación de servicios. Su financiación debe ser coherente, suficiente y ejecutable.
El CESS ofrece ejemplos claros de cómo la falta de ejecución del capítulo 7 (transferencias de capital) afecta a la inversión real de entes dependientes. En el caso del Instituto Municipal de Deportes (IMD), el Dictamen señala que la mayor parte del saldo de ingresos no ejecutado en 2024 corresponde al capítulo 7, y que las transferencias presupuestadas por el Ayuntamiento (15,79 millones) no se materializaron en un 98,54%. Este déficit explica casi el 89% del resultado negativo del presupuesto de ingresos del IMD.
Asimismo, en la liquidación de gastos del IMD en 2024 se dejaron de ejecutar 20,48 millones (38,28%), considerándose un grado de ejecución bajo (62,72%), y el CESS subraya que la documentación no explica las causas de la baja ejecución, lo cual exige mejoras en la gestión y en la coordinación entre Ayuntamiento y organismos.
Este patrón se repite: se presupuesta, se anuncia y se publicita, pero no se transfiere a tiempo o no se ejecuta. El resultado es doblemente negativo: se bloquea la inversión y se deteriora la credibilidad institucional.
En empresas como TUSSAM y LIPASAM, el presupuesto debe garantizar suficiencia financiera sin deteriorar el servicio, y con planificación plurianual de inversiones. El CESS, en dictámenes previos, ha advertido del impacto de recortes o de insuficiencias en la calidad del servicio. En 2026, la cuestión central no es únicamente la cifra presupuestaria, sino la capacidad de ejecución y de gestión de contratos.
Por último, la Agencia Tributaria municipal debe ser reforzada para mejorar recaudación y reducir riesgos de desviación, tal y como el CESS insiste al reclamar ‘una administración ágil y eficaz que incremente la recaudación’ y mejore los porcentajes de ejecución del gasto, especialmente en operaciones de capital.
12. Techo de gasto: existe margen legal para incrementar gasto social sin recurrir a recortes encubiertos
El Proyecto de Presupuesto 2026 presentado por el Ayuntamiento se apoya en un crecimiento previsto 2025/2026 del 2,38% en el Presupuesto del Ayuntamiento y del 0,19% en el Presupuesto Consolidado. Sin embargo, el propio análisis técnico evidencia que el municipio dispone de margen para mejorar la orientación del gasto dentro de los límites aplicables, ya que la tasa de referencia autorizada para 2026 se sitúa en el 3,3%, lo que permitiría ampliar el gasto presupuestado y reforzar objetivos prioritarios, singularmente el gasto social.
Además, el Ayuntamiento mantiene una posición de tesorería que, por sí misma, desacredita el relato de inevitabilidad del ajuste o de la austeridad selectiva. El saldo en cuentas bancarias a 31/12/2024 fue de 434 millones de euros, y los cálculos derivados de los ingresos por intereses apuntan a saldos medios incluso superiores.
12.1. Lo esencial: techo de gasto no es excusa para un presupuesto conservador
La disciplina fiscal no obliga a recortar lo social ni a congelar políticas públicas: obliga a priorizar. Y precisamente por eso, si existe margen dentro de la tasa de referencia, el Presupuesto 2026 debería:
- Reforzar programas con impacto directo (servicios sociales, vivienda, igualdad, proximidad).
– Evitar estrategias de maquillaje presupuestario que sostengan partidas nominales sin ejecución o que difieran obligaciones.
12.2. Propuesta
– Ajustar el crecimiento del gasto a la tasa de referencia, de forma que el gasto pueda incrementarse en torno a +10 millones en el Ayuntamiento y +42 millones en el consolidado, con prioridad explícita en gasto social.
– Acompañar ese incremento con un plan de ejecución realista y con indicadores de seguimiento para evitar infraejecución.
13. Urbanismo y Patrimonio Municipal del Suelo: rechazo a la enajenación para el mercado privado y propuesta de destino social vía EMVISESA
La política urbanística del Presupuesto 2026, en particular la prevista en GUMA, incorpora ingresos por ventas del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS) por 35,8 millones de euros, de los cuales 28 millones corresponden a la “Venta de Parcelas VP RMA… ‘La Cruz del Campo’ Primera Fase”. Estas ventas, tal y como se plantean, irían con alta probabilidad al sector privado y a la construcción de vivienda privada, contradiciendo la necesidad urgente de ampliar el parque público y social.
Más aún: el propio diseño presupuestario no concreta con transparencia el destino final de esos ingresos, presentándolos ligados a “derrames” o “actuaciones” sin la especificidad exigible para justificar una operación estructural de pérdida de patrimonio público.
13.1. Innecesariedad de la venta: la liquidez existe
El argumento recurrente para la enajenación —garantizar liquidez de tesorería para sostener inversiones— queda desmentido por las propias cifras de la GUMA. El Presupuesto y la Memoria reconocen previsiones de ingresos por intereses (1,45M€) sostenidas por el aumento de existencias de tesorería “en torno de los 100 millones”, y a 30/9/2025 los derechos reconocidos por intereses ya ascendían a 1,87M€, lo que permite inferir saldos medios muy superiores y suficientes para sostener planificación sin vender suelo público.
Por tanto, la venta del PMS no responde a una necesidad financiera ineludible: es una decisión política que prioriza la obtención de recursos a corto plazo, aunque sea a costa de debilitar la capacidad pública de intervenir en el mercado de vivienda.
13.2. Señales de especulación y pérdida de control público
En 2025 la GUMA ya preveía enajenar PMS por importes relevantes, y se constata que operaciones como “Cruz del Campo” pasan de 15M€ a 28M€, lo que plantea dudas razonables sobre la lógica de valorización y el incentivo a tratar suelo público como activo para maximizar precio, en lugar de como herramienta para garantizar derecho a vivienda.
Asimismo, la liquidación provisional refleja grandes bolsas de créditos totales vinculados al PMS “en principio sin ejecutar”, lo que refuerza la idea de que la venta no es condición imprescindible para ejecutar política pública, sino una vía de financiación que desplaza el destino social del suelo.
13.3. Propuesta: no enajenar PMS y transferir a EMVISESA para vivienda pública y social
Ante el problema de vivienda, la alternativa coherente es clara:
- No enajenar suelo del PMS para su absorción por la economía privada.
- Transferir esos solares a EMVISESA para la construcción de vivienda pública y la ampliación del parque municipal, complementándolo con transferencias de capital cuando proceda.
14. TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y BUENA GOBERNANZA
Un presupuesto democrático no solo asigna recursos: establece prioridades públicas y rinde cuentas. La baja ejecución, los riesgos de ingresos, la ingeniería en personal y la dependencia de endeudamiento requieren, como mínimo, un refuerzo inmediato de transparencia y de mecanismos de seguimiento.
En particular, se propone:
- un cuadro trimestral público de ejecución por programas, con foco en capítulos 6 y 7
- un informe semestral de desviaciones de ingresos con medidas correctoras explícitas
- un plan de choque para reducir el periodo medio de pago por debajo del límite legal
- y una revisión integral de la RPT y de la plantilla presupuestaria para eliminar la doble plantilla y recuperar el control del Pleno.
Sin estos mecanismos, la ciudad seguirá acumulando remanentes y anuncios, mientras se degradan servicios de mantenimiento urbano, limpieza, atención social y cultura de proximidad.
En este punto, debe recordarse que el CESS identifica, además, la conveniencia de cumplir compromisos y acuerdos plenarios (por ejemplo, en polígonos industriales) y señala insuficiencias en políticas de consumo. Esto refuerza la necesidad de presupuestar con criterios de utilidad pública real y no de propaganda.
15. Abandono de las Políticas de Memoria Democrática: consignación presupuestaria simbólica e incumplimiento de obligaciones legales
El Proyecto de Presupuesto Municipal para 2026 evidencia un abandono efectivo de las políticas públicas de Memoria Democrática, reducidas a una consignación meramente testimonial de 4.000 euros, absolutamente insuficiente para el desarrollo de actuaciones mínimamente serias y acordes con las obligaciones institucionales del Ayuntamiento de Sevilla.
Esta dotación irrisoria no permite ni siquiera cubrir actuaciones básicas de investigación, señalización, divulgación o acompañamiento a las víctimas y sus familiares, y constituye, de facto, una renuncia política a avanzar en los compromisos adquiridos por la propia Corporación municipal en ejercicios anteriores.
15.1. Incumplimiento de obligaciones legales y compromisos institucionales
La ausencia de una financiación adecuada para políticas de Memoria Democrática supone un incumplimiento palmario de las obligaciones que derivan de la normativa vigente, entre ellas:
-La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, que impone a las administraciones públicas deberes activos de búsqueda, localización, exhumación e identificación de las víctimas de la represión franquista, así como de difusión y pedagogía democrática.
-La Ley de Memoria Democrática de Andalucía, que reconoce el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
Los acuerdos plenarios y declaraciones institucionales aprobadas en mandatos anteriores que comprometían al Ayuntamiento de Sevilla con proyectos como el Museo de la Memoria, la retirada efectiva de simbología franquista y la exhumación de fosas comunes existentes en el cementerio municipal.
Reducir estas políticas a una partida de 4.000 euros equivale a vaciar de contenido real dichos compromisos y a incumplir el mandato legal de actuación proactiva por parte de la administración local.
15.2. Impacto sobre proyectos estratégicos: Museo de la Memoria y exhumación de fosas
La inexistencia de una dotación presupuestaria suficiente hace inviable:
El impulso real del Museo de la Memoria, largamente anunciado y reiteradamente postergado, que debería ser un espacio permanente de investigación, divulgación y reconocimiento a las víctimas.
La exhumación de fosas comunes, una demanda histórica de familiares y colectivos memorialistas, cuya paralización perpetúa el sufrimiento de las víctimas y mantiene una deuda democrática inaceptable en una ciudad como Sevilla.
El desarrollo de programas educativos y de sensibilización dirigidos a la ciudadanía, especialmente a las generaciones más jóvenes, en materia de valores democráticos y derechos humanos.
15.3. Una decisión política con consecuencias éticas y democráticas
El abandono presupuestario de la Memoria Democrática no puede interpretarse como una mera omisión técnica. Se trata de una decisión política consciente, que degrada estas políticas a un plano residual y las subordina a un proyecto ideológico que relativiza o invisibiliza la represión franquista.
Esta orientación resulta especialmente grave en un contexto en el que, además, el Presupuesto 2026 incorpora recortes o bloqueos en ámbitos vinculados a derechos humanos, igualdad y solidaridad, evidenciando una deriva regresiva en el compromiso del Ayuntamiento con los valores democráticos fundamentales.
15.4. Propuesta
Una dotación presupuestaria suficiente y finalista para políticas de Memoria Democrática.
Créditos específicos para la exhumación de fosas comunes, en colaboración con otras administraciones y entidades memorialistas.
Un compromiso presupuestado y calendarizado para el Museo de la Memoria.
Programas estables de divulgación, educación y reparación simbólica que garanticen el derecho a la verdad, la justicia y la reparación.
La Memoria Democrática no es un gasto accesorio ni simbólico: es una obligación legal, moral y democrática que este Presupuesto 2026 incumple de manera flagrante.
16. Ausencia de Políticas para hacer frente a la Emergencia Climática: un presupuesto ajeno a la realidad climática de Sevilla
El Proyecto de Presupuesto Municipal para 2026 evidencia una grave ausencia de políticas públicas estructurales para hacer frente a la emergencia climática, a pesar de que Sevilla es una de las ciudades europeas más vulnerables a los efectos del cambio climático, especialmente al aumento de las temperaturas, las olas de calor extremas, la pérdida de biodiversidad y el deterioro de la calidad de vida urbana.
Lejos de plantear una estrategia presupuestaria orientada a la transformación ecológica de la ciudad, el Presupuesto 2026 se limita a actuaciones dispersas, insuficientes o meramente declarativas, sin un enfoque integral ni dotaciones acordes con la magnitud del desafío climático.
16.1. Inexistencia de una transformación urbana verde e integral
Sevilla necesita afrontar de manera urgente una transformación urbana profunda que permita transitar hacia un modelo de ciudad verde, resiliente y habitable. Ello exige políticas públicas ambiciosas y sostenidas en el tiempo, que aborden de forma transversal, al menos, los siguientes ámbitos:
- Protección y recuperación de la biodiversidad urbana, incluyendo corredores verdes y renaturalización de espacios degradados.
- Apuesta decidida por las energías renovables en edificios e instalaciones municipales, así como el impulso al autoconsumo y a las comunidades energéticas locales.
- Gestión eficiente y sostenible de los residuos, orientada a la reducción, reutilización y reciclaje, con objetivos medibles y recursos suficientes.
- Movilidad sostenible, priorizando el transporte público, la movilidad activa y la reducción del tráfico contaminante.
- Rehabilitación climática de viviendas, especialmente en barrios vulnerables, para combatir la pobreza energética y mitigar el impacto de las olas de calor.
- Incremento sustancial de zonas verdes y arbolado, con criterios de justicia climática y equilibrio territorial entre distritos.
Ninguna de estas líneas estratégicas aparece reflejada de forma coherente y suficiente en el proyecto de presupuestos presentado, ni en términos de planificación ni en dotación económica.
16.2. Desconexión entre la emergencia climática y las prioridades presupuestarias
Resulta especialmente preocupante que, en un contexto de récords históricos de temperatura y alertas sanitarias por calor extremo, el Presupuesto 2026 no incorpore:
- Un plan presupuestado de adaptación climática para la ciudad.
- Recursos específicos para la mitigación de riesgos climáticos en espacios públicos, centros educativos, residencias y barrios con mayor vulnerabilidad.
- Indicadores de impacto ambiental que permitan evaluar la contribución real del presupuesto a los objetivos climáticos.
Esta ausencia revela una desconexión profunda entre la realidad climática que vive la ciudad y las prioridades políticas del gobierno municipal.
16.3. Consecuencias sociales y territoriales de la inacción climática
La falta de políticas climáticas ambiciosas no es neutral. Tiene consecuencias directas sobre:
- La salud pública, especialmente de personas mayores, infancia y población con enfermedades crónicas.
- La desigualdad social, ya que los efectos del cambio climático golpean con mayor intensidad a los barrios con menos recursos, menos zonas verdes y viviendas peor acondicionadas.
- La habitabilidad urbana, deteriorando el espacio público y expulsando vida social de calles y plazas durante amplios periodos del año.
No actuar hoy implica incrementar los costes económicos, sociales y humanos en el futuro, trasladando a las próximas generaciones la factura de una inacción injustificable.
16.4. Propuestas
– Una estrategia presupuestaria integral de lucha contra la emergencia climática, con dotaciones suficientes y objetivos evaluables.
– Inversiones reales en renaturalización urbana, arbolado y zonas verdes, con especial atención a los barrios más afectados por el calor.
– Programas de rehabilitación climática de viviendas y lucha contra la pobreza energética.
– Impulso efectivo a la movilidad sostenible y a las energías renovables desde el ámbito municipal.
– Un enfoque de justicia climática, que garantice que la transición ecológica no deje a nadie atrás.
La emergencia climática no es una cuestión opcional ni aplazable. Es un reto estructural que exige una respuesta presupuestaria a la altura, ausente en el Proyecto de Presupuesto 2026 presentado.
17. CONCLUSIONES Y PROPUESTA DE DEVOLUCIÓN DEL PROYECTO
De conformidad con los argumentos expuestos, concurren motivos suficientes, graves y reiterados para no aprobar el Proyecto de Presupuesto 2026 en los términos presentados.
En síntesis:
1) El equilibrio presupuestario se sostiene sobre previsiones de ingresos con riesgos relevantes y, en algunos casos, sin aprobación o efectividad plena, como advierten Intervención y el propio CESS.
2) El margen de autofinanciación es insuficiente para la inversión y se recurre a endeudamiento, pese a que la historia reciente muestra baja ejecución en operaciones de capital.
3) El gasto no financiero crece por encima del límite, comprometiendo estabilidad.
4) La baja ejecución en capítulos 6 y 7 es estructural, con cantidades anuales no invertidas que alcanzan cifras superiores a 100 millones en varios ejercicios.
5) La presupuestación de personal es valorada desfavorablemente por Intervención; se introduce y consolida una doble plantilla mediante dotaciones al 50% y desdotaciones de plazas, erosionando el control del Pleno.
6) El presupuesto queda condicionado por enmiendas y transaccionales de la extrema derecha que recortan igualdad, cooperación y derechos, imponiendo un proyecto ideológico incompatible con las obligaciones del Ayuntamiento.
Por todo ello, este Grupo Municipal plantea la devolución del Proyecto de Presupuesto General 2026 para la elaboración de un nuevo proyecto que:
– presente ingresos prudentes y realistas, basados en series históricas y en recursos efectivamente aprobados.
– priorice el gasto social y el mantenimiento urbano
– garantice una inversión ejecutable con calendario, responsables y control trimestral
– elimine la ingeniería presupuestaria de personal, dotando al 100% las plazas y abordando la revisión de la RPT
– blinde políticas de igualdad, cooperación y derechos humanos, memoria democrática, mujer frente a recortes ideológicos
Conclusión:
Este Grupo Municipal no se limita a rechazar: propone una alternativa viable. Un nuevo proyecto presupuestario debe construirse sobre una premisa: la capacidad del Ayuntamiento para ejecutar y para sostener servicios públicos debe ser el criterio rector.
Por todo lo expuesto, se solicita la retirada del actual Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Sevilla para 2026 y la elaboración de uno nuevo que responda a las necesidades reales de la ciudadanía, promoviendo una Sevilla más justa, igualitaria y sostenible.


